Más de CIENTO OCHENTA participantes concernientes al régimen general de tributación , deben presentar
la declaración jurada(DJ) y pago del impuesto sobre los ingresos personales en la Oficina Nacional de Administración Tributaria, de Primero de Enero.
Hasta la fecha más de trece contribuyentes realizaron la DJ desde que el pasado mes iniciara la campaña, dijo a este espacio Guillermo Ortega Companionis, director de la ONAT en estos predios
El directivo expreso además que con el fin de cumplir este propósito se confeccionó, durante los meses de noviembre y diciembre los paquetes fiscales.
La fuente manifestó también, que los especialistas de la entidad, adoptaron medidas para que la DJ y pago de los impuestos sobre ingresos personales, fluya de acuerdo con lo establecido en la ley. Hasta el TREINTA de abril, tienen que abonar los impuestos los trabajadores por cuenta propia, artistas, creadores de la cultura, personal de apoyo del propio sector, comunicadores sociales, diseñadores, y otros ciudadanos que generan ingresos gravados. La declaración jurada, es la obligación que tiene el contribuyente de declarar la información exigida por ley, en función de determinar la cuantía a pagar por concepto del tributo, mediante los documentos y formularios que a tales efectos establece la Administración Tributaria; y está obligado con el contenido y exactitud de los datos consignados en ella y puede ser sancionado conforme a derecho si no la presenta o si la presentase con inexactitud, incompleta o fraudulenta.
La fuente manifestó también, que los especialistas de la entidad, adoptaron medidas para que la DJ y pago de los impuestos sobre ingresos personales, fluya de acuerdo con lo establecido en la ley. Hasta el TREINTA de abril, tienen que abonar los impuestos los trabajadores por cuenta propia, artistas, creadores de la cultura, personal de apoyo del propio sector, comunicadores sociales, diseñadores, y otros ciudadanos que generan ingresos gravados. La declaración jurada, es la obligación que tiene el contribuyente de declarar la información exigida por ley, en función de determinar la cuantía a pagar por concepto del tributo, mediante los documentos y formularios que a tales efectos establece la Administración Tributaria; y está obligado con el contenido y exactitud de los datos consignados en ella y puede ser sancionado conforme a derecho si no la presenta o si la presentase con inexactitud, incompleta o fraudulenta.
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